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Mapuches se niegan a ser desalojados de un camping que ocupan desde 2011 y presentarán un recurso ante la Corte Suprema

Una comunidad mapuche deberá devolver un cámping que en 2011 usurpó en Villa la Angostura
El ingreso al camping que fue usurpado en 2011

La comunidad mapuche Paichil Antriao quiere permanecer en el camping que ocupa desde 2011, a pesar de la orden judicial de restituírselo al municipio de Villa la Angostura. Para revertir el fallo del Superior Tribunal de Neuquén prepara un recurso extraordinario que elevará a la Corte Suprema de Justicia.

Los artilugios judiciales le quedan cómodos a la comunidad mapuche Paichil Antriao ya que, a pesar de los innumerables recursos que presentó el municipio de Villa la Angostura para recuperar el predio, sigue instalada en el lugar.

El camping está ubicado en un sitio privilegiado, a 8 kilómetros del centro de la villa turística, sobre la costa del lago Correntoso y acorralado por las imponentes elevaciones montañosas de la precordillera.

Tras el fallo del Superior Tribunal de Justicia, que ordena el desalojo del predio y la restitución al ejecutivo angosturense, el abogado de la comunidad Virgilio Sánchez comenzó a diseñar un recurso extraordinario para que sea la Corte Suprema la que se expida sobre el caso.

Además solicitó el apartamiento de uno de los vocales del Superior Tribunal de Justicia por una supuesta violación a la garantía de imparcialidad y por adelantar su postura en declaraciones mediáticas.

Una comunidad mapuche deberá devolver un cámping que en 2011 usurpó en Villa la Angostura
La comunidad mapuche busca recusar a un juez para no devolver el terreno

Sánchez solicitó la recusación del juez Roberto Busamia para que no intervenga en el tratamiento del recurso extraordinario, ya que habría expresado la inviabilidad del planteo que proyecta la comunidad mapuche. “Adelantó una postura desfavorable al recurso extraordinario que presentaremos ante la Corte”, aseguró.

Haciendo referencia a esas mismas declaraciones públicas, Sánchez aseguró que “tanto el relevamiento territorial como las tareas de campo realizadas en el inmueble del litigio resultan medulares en el análisis de la concesión del recurso extraordinario, por cuanto la responsabilidad del Estado Nacional en torno al cumplimiento de estos procedimientos constituye una cuestión federal suficiente”.

El juez Busamia argumentó los alcances del fallo que obliga a la comunidad a devolver la propiedad y sintetizó el factor principal para acceder al pedido de la querella: “En lo que atañe a esa propiedad, la comunidad no se encuentra amparada por la Ley 26.160″, señalando además que no se trata de una ocupación ancestral y tradicional.

El caso comenzó en 2011 aunque la carrera judicial comenzó dos años después, cuando el municipio decidió recurrir a los tribunales para intentar recuperar la administración del sitio.

Desde entonces fueron varios los recursos que presentó la querella. La máxima autoridad judicial neuquina no sólo ordenó la restitución del predio al municipio local, sino que además le impuso el pago de las costas que originó todo el proceso, durante más de una década.

Una comunidad mapuche deberá devolver un cámping que en 2011 usurpó en Villa la Angostura
Otra imagen del camping que explota la comunidad mapuche

En el fallo, los jueces Busamia y Evaldo Moya fundamentaron la decisión en la falta de evidencia que respalde la práctica de actividades comunitarias en el predio. Fuentes comunales aseguraron -en diálogo con Infobae- que “no hay prácticas mapuches en el lugar, es sólo la explotación comercial de un espacio que no pertenece a los mapuches, sino a la comunidad angosturense toda”.

Dijeron además que “es un litigio que lleva más de 10 años, abundan los recursos y apelaciones. Pero, mientras tanto, los mapuches siguieron explotando comercialmente el lugar, generando ingresos y logrando beneficios de forma irregular”.

El fallo indica además que “no se han demostrado fehacientemente la presencia de los recaudos que permitirían calificar a la ocupación por parte de la comunidad como tradicional y actual”. De esa manera, se aprecia que no se cumple con lo articulado en la Ley 26.160, que habla de que “la posesión debe ser actual, tradicional, pública y encontrarse fehacientemente acreditada”.

El nuevo recurso que prepara el abogado de la comunidad es parte de ese rally de presentaciones, que tienen como objetivo extender la permanencia del grupo en el sitio.

Todos a favor, pocos en contra

El fallo judicial que ordena la restitución del camping cosechó numerosas posturas afirmativas y sólo un minúsculo grupo de la comunidad cuestionó sus alcances. En el ámbito comunal, la resolución del STJ fue analizada como “una victoria”, teniendo en cuenta los años que lleva la demanda.

“Todavía el caso no está resuelto, aún falta una instancia más para concretar la restitución del predio al municipio, algo que todos los angosturenses reclamamos desde hace mucho tiempo” señalaron funcionarios del municipio local.

Incluso un integrante de la familia mapuche que aún mantiene la ocupación del camping se manifestó a favor del desalojo del lugar. Pablo Antriao deseó que “se cumpla el fallo y que el predio vuelva al municipio de Villa la Angostura”.

Dijo que “la comuna es la titular del inmueble. Como descendiente mapuche, sé que el predio le pertenece al municipio y las personas que dicen formar parte de la comunidad mapuche no tienen ningún tipo de derecho. Deben ser desalojadas”.

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